Se pone en conocimiento de todos los vecinos/as interesados/as, que está abierto el plazo de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y ordenación del territorio de la Junta de Andalucía para solicitud de Subvenciones públicas para Rehabilitación de viviendas.
Personas beneficiarias: Las personas físicas propietarias, arrendatarias (mediante acuerdo con el propietario) o con derecho de uso y disfrute, de la vivienda sobre las que se realizan las obras.
Requisitos:
- Que los ingresos de la unidad de convivencia residente (personas que residen y están empadronadas en una vivienda) sean inferiores a 5,5 veces el IPREM (2.954,13 /mes . ; 41.357,75 ./año).
- No haber obtenido otra subvención para rehabilitar la vivienda en los tres años anteriores (salvo que sean obras para la adecuación funcional a las necesidades de personas con discapacidad por causa sobrevenida).
- Ser domicilio habitual y permanente de la persona residente.
- No estar calificada urbanísticamente como fuera de ordenación.
- Tener una superficie útil no inferior a 36 m².
- Vivienda finalizada antes de 1996, salvo excepciones.
- Tener seguridad estructural y constructiva o alcanzarlas con la actuación.
- No tener la consideración de infravivienda.
- Disponer de informe técnico.
Nombre | Tamaño | Tipo |
---|---|---|
BANDO SUBVENCIONES REHABILITACIN³N 2019 | 42,58 KB |